La Federacion de Servicios Financieros y Administrativos de Comisiones Obreras -COMFIA- solicito, de forma conjunta con UGT, pronunciamiento expreso de la Comision Mixta de Interpretacion del Convenio Colectivo General, de Ambito Estatal para las Entidades de Seguros, Reaseguros y Mutuas de Accidentes de Trabajo, sobre si las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos podrian limitar de algun modo la aplicacion de las tablas salariales aprobadas para 2011.
La Disposición Adicional Quincuagésimo Novena de la Ley 39/2010, de 22 de Diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2011 establece que: "Las retribuciones del resto del personal al servicio de las mutuas y de sus entidades y centros mancomunados no podrán experimentar incremento alguno en el ejercicio 2011, respecto a las cuantías percibidas en el ejercicio 2010."
Por tanto, la masa salarial de 2011 debe ser la misma que la liquidada a 31 de diciembre de 2010.
Comfia-CCOO no tiene duda: Las Mutuas, como empresas incluidas en el ámbito personal y funcional del Convenio Sectorial están obligadas a aplicar íntegramente las tablas salariales para 2011 y en este sentido todas las Representaciones que forman parte de la Comisión Mixta se han pronunciado por unanimidad en la reunión mantenida hoy viernes.
Las Leyes de Presupuestos solo pueden afectar a las Mutuas a los exclusivos efectos presupuestarios, mientras que en materia de relaciones laborales y en la fijación de condiciones económicas y de trabajo, las Mutuas se encuentran incluidas en el ámbito de aplicación del Estatuto de los Trabajadores, fijándose a través de la Negociación Colectiva de su Convenio Sectorial, como así ha confirmado la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en el Auto que somete el RDL 8/2010 a cuestión de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
Por consiguiente, las Mutuas disponen hasta el 31 de Marzo para cumplir íntegramente las condiciones económicas que establece el Convenio.
Para Comfia-CCOO, mientras la masa salarial contenga presupuesto suficiente para hacer frente a las obligaciones retributivas derivadas de la negociación colectiva (Convenio Sectorial, Pactos de Empresa, etc.) estas no pueden verse afectadas ni total, ni parcialmente por ningún recorte, dado su carácter prioritario, estableciendo, el propio Convenio, el mecanismo a utilizar en caso de insuficiencia presupuestaria.
Si alguna Mutua incumple la resolución de Comisión Mixta, Comfia-CCOO iniciará las acciones sindicales y legales que sean necesarias.
