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Union de Mutuas analiza la proteccion social de los autonomos

Union de Mutuas analiza la proteccion social de los autonomos

por Diego García / martes, 16 octubre 2018 / Publicado en Actualidad
Fuente: Union de Mutuas

Union de Mutuas ha celebrado en Barcelona una jornada en la que ha analizado los diferentes tipos y bases de cotizacion, asi como las coberturas sociales, a las que por ley tienen derecho los trabajadores autonomos.

Durante el acto, en el que han participado empresarios, profesionales y asesores laborales se ha analizado la asistencia protectora y sanitaria que presta la mutua a los trabajadores por cuenta propia.
 
En su intervención, la técnica jurídica de Unión de Mutuas, Miriam Planas, ha destacado el alto número de autónomos que, “muchas veces por desconocimiento”, no cotizan por contingencias profesionales, lo que acarrea “grandes inconvenientes” ya que cuando sufren un accidente o enfermedad laboral carecen de cobertura sociales. Por lo que la cotización que elija el autónomo “es clave”, puesto que “determinará en el futuro su protección social”, incluida la cantidad que cobrará por baja laboral.
 
A partir de diferentes supuestos, en los que ha expuesto casos reales comparando la situación de un autónomo que cotiza por contingencias profesionales frente a otro que no, Míriam Planas ha señalado las ventajas de cotizar por contingencias profesionales ya que supone “una mayor cobertura, una protección social más amplia que si solo se cotiza por contingencia común”.
 
En este sentido ha explicado que si el trabajador autónomo, con cobertura profesional, sufre un accidente laboral, cobrará “desde el día siguiente a la baja médica el 75% de la base de cotización del mes anterior a la baja”. Sin embargo, si el trabajador autónomo no ha optado por la contingencia profesional, cuando cause baja médica deberá de cumplir un periodo de carencia de 180 días cotizados, no cobrará los tres primeros días, del 4º al 20º cobrará solo el 60 % de su base reguladora y sólo a partir del 21º día cobrará el 75%.
 
Ante la situación de que el accidente derive en una incapacidad permanente parcial y “siempre que cotice por contingencias profesionales”, el autónomo “sí tendrá protección”, mientras que si solo cotiza por contingencias comunes, se queda sin protección.
 
Cuanto más graves y mayores son las consecuencias de los accidentes de trabajo, también “mayor es la desprotección por no tener la contingencia profesional contratada”, ha subrayado la técnica jurídica de la mutua.
 
De hecho, si el accidente deriva en una incapacidad permanente total, absoluta o una gran invalidez, la cuantía del subsidio variará. Si el autónomo tiene la cobertura por contingencia profesional, para el cálculo de la prestación se toman los últimos 12 meses cotizados, con lo que la cuantía resultante es “mucho más próxima a la realidad económica del autónomo” y, probablemente, “más alta” al reducirse el periodo de cotización”, puesto que si solo cotiza por contingencias comunes, para el cálculo de la pensión se toman los últimos 96 meses cotizados si la incapacidad deriva de enfermad común, o 24 meses si deriva de un accidente laboral.
 
En cuanto a la desprotección económica en la que puede quedar la familia en el supuesto de que el trabajador autónomo en activo fallezca por accidente de trabajo, Planas ha subrayado que “la contingencia común no cubre las prestaciones por muerte y supervivencia”. Mientras que el hecho de cotizar por contingencias profesionales asegura el derecho de los familiares a tener una indemnización especial a tanto alzado de seis mensualidades de la base reguladora y una mensualidad más por cada hijo beneficiario.
 
Además de las ventajas económicas que supone tener contratada la cobertura de las contingencias profesionales, Planas también ha explicado “las ventajas asistenciales” ya que en ese caso corresponde a la mutua realizar las pruebas clínicas necesarias para atender la recuperación por lo que la vuelta al trabajo se produce en un periodo de tiempo menor puesto que “no ocurre como en la Seguridad Social donde el tiempo de espera entre prueba y prueba es mayor”.
 
Asimismo, Planas ha destacado que la mutua está especializada en el accidente de trabajo y en dar respuesta, con centros propios y concertados, a las lesiones y enfermedades laborales para lo cual cuenta con grandes profesionales y equipamientos tecnológicos muy avanzados, lo que permite acortar los procesos de curación con el objetivo social de “curar bien y pronto, garantizando la máxima excelencia y calidad asistencial.”
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